Un total de 92 empresas del transporte que prestan servicio de corta, media y larga distancia están afectados por la Resolución 157/2020 de la Dirección Nacional del Transporte (Dinatran) que responde a las medidas del Gobierno Nacional en el marco de la Ley N. º: 1.590/2000 para evitar la propagación del “Covid – 19”.
Según los reportes de la Dirección General de Transporte Terrestre de la Dinatran están inhabilitadas para operar desde el 5 de abril hasta el 12 de abril 55 empresas de transporte público de larga distancia, 16 de media y 21 de corta distancia. Los controles se realizarán en conjunto entre las fuerzas policiales, la Patrulla Caminera y los fiscalizadores de la entidad, informó hoy el director nacional, Juan José Vidal.
La Resolución 157/2020 establece que desde las 00:00 horas del domingo 05 de abril hasta las 23:59 horas del domingo 12 de abril de 2020 no podrá circular ninguna empresa habilitada por la Dinatran.
El director nacional explica que ante la necesidad de evitar el traslado masivo de personas ante la proximidad de la Semana Santa se tomó la determinación atendiendo las recomendaciones del Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS)
La Resolución 157/2020 exceptúa el servicio regular nacional e internacional de transporte de cargas que deberá funcionar con normalidad de manera a asegurar las provisiones.
Una vez vencido el plazo establecido en el artículo 1º de la presente resolución, los sujetos obligados deberán retomar las actividades, en las formas que la Dirección Nacional de Transporte (Dinatran), siempre que el Poder Ejecutivo no disponga lo contrario.