En el episodio del podcast de hoy en #HablemosdeTransporte Pedro nos comenta sobre el editorial que escribió en donde se desglosa los alcances de y los errores de la Ley del Billetaje Electrónico ya que se contrapone con la Ley Nacional de Transporte, donde ésta última, establece los roles del Viceministerio de Transporte con su debida jurisdicción, Asunción y Área Metropolitana, así mismo con la DINATRAN (Dirección Nacional de Transporte) que su jurisdicción es todo el territorio del interior del país.
Con respecto a los Internos, empresas que hacen el servicio de transporte público de pasajeros dentro del ejido municipal, están bajo la órbita o Jurisdicción de cada municipio, respetando siempre la Ley Nacional de Transporte.
Mientras que la Ley del Billetaje Electrónico no contempla a estas entidades como autónomas, invadiendo sus derechos, marco legal y apropiándose de total autoría del sistema, homologación, control y monitoreo.